¿Crees necesario que los medios de comunicación estén normados por una entidad reguladora?
El referéndum anunciado por el gobierno de Ecuador para el próximo 18 de marzo logró poner en primer fila el debate sobre normar los contenidos de los medios de comunicación, a través de un Consejo de Regulación creado por ley.
La consulta popular, convocada por el presidente Rafael Correa, incluiría la siguiente pregunta: “Con la finalidad de evitar excesos en los medios de comunicación, ¿está de acuerdo que se dicte una ley de comunicación que cree un Consejo de Regulación que norme la difusión de contenidos en la televisión, radio y publicaciones de prensa escrita, que contengan mensajes de violencia, explícitamente sexuales o discriminatorios; y que se establezcan criterios de responsabilidad ulterior de los comunicadores o los medios emisores?”.
En España el ministro de la Presidencia, Ramón Jáuregui, anunció a mediados de enero la creación de un Consejo Estatal de Medios Audiovisuales, con capacidad interventora y sancionadora. Jáuregui expresó su preocupación por la "banalización" del espacio público y la aparición de "determinados personajes de escaso mérito como modelos sociales".
Ambos anuncios han encendido el debate. ¿Crees que la regulación es una amenaza a la libertad de expresión? ¿O te parece necesario establecer normas a un sector tan influyente como los medios de comunicación? ¿Cuál es la situación en tu país?
Fotografia: Creative Commons - Flickr .ried.


Regulación o "control" a los Medios?
La Ley de Comunicación en el Ecuador aun está en la fase de discusión y todo parece prever que muchos asambleístas no van a votar por los artículos que la consulta popular del pasado 18 de marzo del 2010 se encuentran en la ley. En todo este tiempo se han expuesto criterios a favor y en contra del proyecto, según sus propios intereses y muy lejos de lo que la ciudadanía exige en democracia que requiere de un ente regulador, independiente de intereses políticos y comerciales, y que cuente además con autonomía administrativa y financiera. En lo personal estoy muy de acuerdo sobre “la prohibición de que instituciones del sistema financiero privado, las empresas de comunicación privadas al igual que sus directores y principales accionistas sean dueños o tengan participación accionaria fuera del ámbito financiero o comunicacional, respectivamente”. Tiene su razón de ser ante la experiencia de uno de los canales de televisión cuyo accionista, Fidel Egas es el presidente del Directorio de Banco Pichincha, entidad financiera que nació en 1906 en Quito y que al momento participa del 30% del mercado financiero del país. http://www.elcomercio.com/negocios/Fidel-Egas_0_506349486.html. ¿Cómo no influir en el contenido del noticiero si se afecta el interés del banco? En cuanto al proyecto de Ley, partes importantes se han incluido en su borrador final, entre las que se plantea la operatividad del derecho de réplica, la posibilidad que los medios públicos cuenten con publicidad de empresas privadas, la regulación de la duración de la misma, la profesionalización obligatoria para los periodistas que trabajen en los medios, la posibilidad de clausura de los medios de comunicación y, entre los puntos de mayor discrepancia, el paquete de sanciones o multas económicas para los medios y la creación del Consejo de Comunicación. Tampoco consta el abstenerse de injurias mediante acusaciones infundadas o abstenerse de difundir opiniones que mediante el descrédito a un colectivo contribuyan a un clima social de hostilidad. Solo se contemplan los contenidos y comentarios discriminatorios, sin especificarlos. La responsabilidad solidaria de los medios de comunicación solo cambió en que ya no constan ni los propietarios, accionistas, directivos y representantes legales. Se mantiene que los medios serán responsables por indemnizaciones de carácter civil por incumplimiento en el derecho a la rectificación, réplica y respuesta dispuesto por el Consejo de Regulación. Este es el status actual de un tema que ha generado mas que una polémica, y del que estaré comentando según como vaya desarrollándose su desenlace.
"Cuando te duele mirar hacia atrás y te da miedo mirar adelante, mira hacia la izquierda o la derecha y allí estaré, a tu lado".
ejemplo de entidad reguladora
La pugna en el CNTV por Farmacias Ahumada
Habitualmente el Consejo Nacional de Televisión (CNTV) aparece en la prensa por las sanciones y multas que infringe a los canales, usando la facultad que le otorga la ley 18.838 que rige su funcionamiento.
Una parte sustancial de los dictámenes tiene que ver con el quebrantamiento del horario de protección al menor, o la ofensa a la dignidad de las personas por parte de las estaciones. Sin embargo, en la sesión del 20 de diciembre de 2010, se discutió un asunto algo más sofisticado. Llegó al Consejo una denuncia presentada por un particular contra los noticiarios de cinco canales de televisión abierta: Canal 13, Chilevisión, Mega y TVN, por no informar sobre la huelga en Farmacias Ahumada (FASA), ocurrida entre el 4 y el 31 de octubre de 2010 .
El denunciante estaba convenientemente informado, ya que invocó el mandato de la ley al Consejo, estipulado en el Artículo 1º que le obliga a cautelar el pluralismo. El televidente hasta sugirió la aplicación de las sanciones previstas en la ley, citando el articulo 33 inciso 2º, esto es multa entre 20 y 200 UTM
Según consta en el acta de la sesión, el Departamento de Supervisión del CNTV revisó las noticias en el período en que ocurrió la huelga. y se logró comprobar que todos los canales consignados en la denuncia, salvo UCV-TV omitieron la huelga de FASA.
Paralelamente la resolución del CNTV sobre este caso, confirma el mandato de la ley al organismo para cautelar el pluralismo.
Pero inmediatamente después, el CNTV invoca el artículo 19 nº26 de la Constitución, en lo relativo a la libertad de expresión y particularmente el hecho de que el Consejo en este contexto, tiene prohibido inmiscuirse en la programación de los servicios de televisión de libre recepción y limitados –Art 13 inc. Ley 18838- dado que “una autorización otorgada en sentido contrario adolecería de constitucionalidad”.
En otras palabras, la resolución dice que la determinación de la agenda noticiosa es una facultad “directamente pertinente” de las estaciones y por lo tanto de su “exclusiva y excluyente” competencia. Por último, el CNTV determinó que no tiene atribuciones para reprochar la “omisión comprobada” de la huelga de FASA en los informativos centrales. Fue así que con los votos de tres consejeros: el Democratacristiano Genaro Arriagada, ex accionista del extinto Diario Siete, el abogado simpatizante RN Jorge Carey, la arqueóloga Consuelo Valdés Chadwick y el presidente del CNTV, Herman Chadwick Piñera, se decidió no sancionar a los canales por omitir esta noticia. El voto del presidente les dio la mayoría que permitió no cursar la multa.
Por cierto, la decisión contó con el voto disidente de otros tres consejeros, el simpatizante Radical Roberto Pliscoff, la periodista María Elena Hermosilla, ex asesora de Conace durante la gestión de María Teresa Chadwick, hermana del actual presidente del CNTV y el periodista Jorge Donoso que se desempeña en el departamento de comunicaciones de Codelco.
El consejero Gonzalo Cordero, militante UDI se inhabilitó en este caso, dado que FASA es cliente de Azerta, la empresa de comunicación estratégica de la cual es socio.
El voto disidente de los consejeros fue acompañado con los argumentos de que al ser la huelga un conflicto social, no informar sobre ella es “un atentado a la democracia” y por otra parte el CNTV si tiene competencia sobre los noticiarios pues se ha pronunciado sobre ellos cuando en sus contenidos se advierte “sensacionalismo y truculencia”
Y tú que crees Jose?
en nuestro país no tenemos ya bastante censura (imagino que sentiste su aliento en tu ejercicio de periodista) desde la propiedad de los medios hasta la opinión de la iglesia.
para mí es suficiente un par de normas de horario y para el resto están los tribunales... si tienes el dinero.
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